El Arancel dependerá del tipo de vehículo que se desee importar:
Coches: caso general: 10%
Motocicletas < 250 cm3: 8%.
Motocicletas > 250 cm3: 6%
Como Operador Económico Autorizado, aseguramos los más altos estándares de seguridad y cumplimiento normativo, ofreciendo tranquilidad en cada transacción.
Los vehículos que se pretendan importar con franquicia deben ser usados, es decir, que se hayan utilizado en el lugar de tu antigua residencia normal durante al menos seis meses.
Para poder realizar la importación, deben acreditarse un mínimo de 12 meses de forma consecutiva viviendo en el país de origen del vehículo, siempre siendo éste no miembro de la Unión Europea.
Los vehículos deben haberse adquirido en las condiciones normales de tributación en el país de origen o procedencia y no deben haberse beneficiado de ninguna exención o devolución de las cuotas devengadas con ocasión de su salida de dicho país.